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SALTO, MARIO ALFREDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció una nueva fórmula de cálculo de la indemnización, incluyendo el índice RIPTE y una tasa de interés moratorio.

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Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?


- La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para:
- Calcular el Ingreso Base Mensual (IBM) considerando el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento del pago.
- Aplicar un interés moratorio del 6% anual sobre el monto indemnizatorio, además del interés compensatorio calculado por RIPTE.
- Regular nuevos honorarios profesionales en función del monto de condena modificado. Fundamentos principales:
- El Decreto 669/2019 es aplicable para actualizar el IBM por RIPTE, ya que es una mejora respecto de la tasa prevista en la ley 27348.
- Los intereses moratorios previstos en la ley 24557 se deben sumar a los intereses compensatorios, para reflejar el daño por la mora en el pago.
- La actualización por RIPTE solo refleja la compensación por la desvalorización monetaria, pero no el daño por la mora, por lo que corresponde aplicar adicionalmente una tasa de interés moratorio.

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