COCCHI VIOLA, MARIO c/ IMPREBA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto, la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para el cálculo de los intereses.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la procedencia del despido indirecto. Respecto a los intereses, estableció pautas para su cálculo conforme lo dispuesto en el Acta 2784 de la CNAT y el art. 771 del CCyCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prueba testimonial acreditó que el actor ingresó a prestar servicios para la demandada en enero de 2002, con anterioridad al registro del vínculo el 01/07/2003. Esto justificó el despido indirecto por silencio de la empleadora ante la intimación del actor.
- Respecto a los intereses, la Cámara ordenó su adecuación conforme lo dispuesto en el Acta 2784 de la CNAT y, de corresponder, la aplicación del art. 771 del CCyCN.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara los modificó fijándolos en porcentajes sobre el monto de condena.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: