TOLOSA, ELVIRA NOEMI c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
La actora reclamó una indemnización por accidente in itinere. La Cámara revocó la resolución administrativa y determinó una incapacidad del 25,70% de la T.O.
Indemnización por accidente "in itinere" sufrido el 27/09/2018
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de la Comisión Médica Central que había determinado que la actora no tenía incapacidad, y reconoció una incapacidad del 25,70% de la T.O. Ordenó el pago de la prestación prevista en el art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557, con los intereses correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El perito médico designado por el tribunal concluyó que como consecuencia del accidente la actora presentaba cervicalgia, lumbalgia y RVAN grado II con rasgos depresivos, que le ocasionan una incapacidad del 25,70%.
- Los jueces consideraron que corresponde atender al informe pericial, salvo que existan constancias que demuestren que es contrario a principios lógicos o máximas de experiencia, lo que no ocurre en este caso.
- Respecto al ajuste del ingreso base, aplicaron lo dispuesto en el decreto 669/19, que resulta más favorable que la ley 27.348.
- No corresponde el incremento del art. 3 de la ley 26.773 por tratarse de un accidente "in itinere".
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