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VARGAS LEON, JORGE ARMANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar el IPC al monto de condena.

Intereses Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Ipc Nominalismo monetario Reparacion dineraria

Accidente de trabajo
- Ley especial

¿Qué se resolvió?


- La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar el IPC al monto de condena desde la fecha del infortunio hasta el efectivo pago.
- Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° ley 23.928 y 4° de la ley 25.561.
- Mantuvo el dictado de primera instancia en cuanto a la imposición de costas.
- Revocó los honorarios regulados por considerarlos irrazonables y los reguló nuevamente. Fundamentos relevantes:
- La ley 26.773 establece que el derecho a la reparación dineraria se computa desde el evento dañoso, por lo que corresponde aplicar intereses desde esa fecha y no desde la sentencia.
- La mera aplicación de la tasa de interés prevista en la normativa del Código Civil y Comercial genera una notable reducción del crédito, lo cual resulta objetivamente injusto.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas sobre nominalismo monetario ante la magnitud de la pérdida de valor adquisitivo del crédito.
- Se debe aplicar el IPC para asegurar un legítimo resarcimiento y evitar un resultado objetivamente injusto.

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