JAUREGUI FORMANO, LUCAS NICOLAS c/ GASTRO EVENTOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Actor reclama por despido, pero Cámara confirma que vínculo laboral quedó extinguido por voluntad concurrente de las partes.
Indemnización por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que el vínculo laboral quedó extinguido por voluntad concurrente de las partes, al configurarse un comportamiento concluyente y recíproco que se tradujo en el abandono de la relación, según el art. 241 de la LCT. Asimismo, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia imponiendo las costas en un 50% a cargo de cada parte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal consideró que los argumentos del juez de primera instancia se basaron en las constancias de la causa y que la sentencia no es arbitraria, ya que interpretó el derecho y valoró los hechos según la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Respecto a la extinción del vínculo, señaló que el extenso tiempo transcurrido desde la fecha en que el actor prestó tareas por última vez (febrero de 2020) y la primera intimación que cursó (junio de 2021) resultaba relevante para configurar el abandono de la relación previsto en el art. 241 de la LCT.
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