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ARAUJO TOMAS AQUINO c/ SUCESION DE A CECATI SH DE CECATI MARTA Y FEDERICO Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo y acción civil. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.

Dano moral Reparacion integral Incapacidad Accidente de trabajo Dano material Inconstitucionalidad Ipc Accion civil


¿Quién es el actor?

Tomas Aquino Araujo
- Demandados: Sucesión A Cecati SH de Cecati Marta y Federico

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo y acción civil

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia, aumentando el monto por daño material a $252.750 y por daño moral a $50.550, alcanzando un total de $303.300. Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 y ordenó aplicar el IPC desde la exigibilidad del crédito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los factores de ponderación no fueron considerados en la sentencia de primera instancia, por lo que se adoptó un rango de dificultad moderada (10%) y edad (1%) para calcular una incapacidad definitiva del 11,1%.
- Respecto a la incapacidad psíquica, la parte actora no hizo valer oportunamente sus pruebas, por lo que consintió la clausura de la etapa probatoria.
- Para determinar los montos, se aplicó la jurisprudencia de la CSJN sobre la reparación integral, considerando los valores materiales y espirituales, y no sólo la capacidad económica.
- Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 por resultar insuficientes para compensar el efecto inflacionario, ordenando aplicar el IPC desde la exigibilidad del crédito.

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