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SCARFO, MIRIAM KARINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso el cálculo de intereses desde la fecha del accidente y hasta el momento de la liquidación.

Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Intereses moratorios Enfermedad profesional Ripte


¿Quién es el actor?

Miriam Karina Scarfo

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de intereses. Estableció que el capital determinado en origen debe recalcularse aplicando el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta el momento de la liquidación, y sobre dicho resultado se adicionará un interés puro del 6% anual también desde la fecha del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el art. 12 de la ley 24.557 establece la actualización del IBM por RIPTE y no contempla intereses moratorios, por lo que estos pueden ser fijados por los jueces de conformidad con el Código Civil y Comercial. Además, los intereses deben computarse desde la fecha del accidente y no desde el alta médica.

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