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CEJAS DANIEL ALBERTO c/ INTERACCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, adecuando el cálculo de intereses.

Accidente de trabajo Fondo de reserva Actualizacion de creditos laborales Inconstitucionalidad de vedas a la repotenciacion Responsabilidad por art en liquidacion

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, adecuando el cálculo de intereses. Se confirma el resto de la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo señaló que corresponde apartarse del criterio nominalista y declarar la inconstitucionalidad de las normas que vedan la repotenciación de las deudas dinerarias. Por lo tanto, resolvió que los créditos laborales deben actualizarse por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, con un adicional del 3% anual de interés puro. Asimismo, estableció que la capitalización de intereses debe realizarse por única vez al 1/8/2015. En cuanto a la responsabilidad del Fondo de Reserva (FdR), la Cámara consideró que, en virtud de la normativa aplicable, la condena debe extenderse al FdR, en su carácter de garantía legal, y no sólo a la ART en liquidación. Por lo tanto, rechazó el agravio del FdR en este punto.

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