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CARMONA GONZALEZ, JUAN MANUEL c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció un 19% de incapacidad laboral con base en el informe pericial médico.

Pericia medica Incapacidad laboral Ley de riesgos del trabajo Accidente in itinere Secuela psiquica

Indemnización por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció un 19% de incapacidad laboral con base en el informe pericial médico. El perito informó que el actor presentaba meniscectomía de rodilla derecha (6% de incapacidad) y RVAN grado II (10% de incapacidad), con factores de ponderación por dificultad intermedia para tareas habituales (10%) y edad (2%). El juez de primera instancia adecuó el factor de preexistencia al 7,23%. La Cámara consideró que el informe pericial estaba debidamente fundamentado en principios científicos y señaló que las circunstancias del accidente permiten razonablemente inferir que hubo secuelas psíquicas resarcibles.

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