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BRACAMONTE, CESAR ANTONIO c/ SPG S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena.

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Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $845.190,68. Se confirmó la procedencia del despido indirecto y la responsabilidad solidaria de Fanjul. Se excluyó la condena por la multa del art. 80 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal consideró acreditado el trabajo en tiempo suplementario no registrado.
- Respecto al cálculo indemnizatorio, se excluyó del salario mensual el rubro "viáticos" por considerar que no generaba fraude a la legislación laboral.
- Se rechazó la multa del art. 80 LCT por considerar que la empleadora puso a disposición el certificado de trabajo dentro del plazo legal.
- Se ordenó actualizar los créditos conforme al índice de precios al consumidor con una tasa pura del 3% anual.

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