BRACAMONTE, CESAR ANTONIO c/ SPG S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $845.190,68. Se confirmó la procedencia del despido indirecto y la responsabilidad solidaria de Fanjul. Se excluyó la condena por la multa del art. 80 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró acreditado el trabajo en tiempo suplementario no registrado.
- Respecto al cálculo indemnizatorio, se excluyó del salario mensual el rubro "viáticos" por considerar que no generaba fraude a la legislación laboral.
- Se rechazó la multa del art. 80 LCT por considerar que la empleadora puso a disposición el certificado de trabajo dentro del plazo legal.
- Se ordenó actualizar los créditos conforme al índice de precios al consumidor con una tasa pura del 3% anual.
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