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NACAMULI KLEBS, FERNANDO CARLOS Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/OTROS RECLAMOS

Trabajadores de Telecom Argentina S.A. reclaman participación en utilidades. La Cámara modifica la sentencia y eleva el porcentaje de utilidades a considerar para el cálculo de los créditos.

Programa de propiedad participada Responsabilidad estatal Utilidades Privatizacion Participacion accionaria

Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa privatizada Telecom Argentina S.A. conforme art. 29 Ley 23.696.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la responsabilidad solidaria de Telecom Argentina S.A. y el Estado Nacional, pero modifica el porcentaje de utilidades a considerar, elevándolo al 10% de las utilidades netas anuales, en línea con los programas de propiedad participada. Mantiene los honorarios del perito. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema en "Gentini" declaró la inconstitucionalidad del art. 4 del Dec. 395/92 que eximió a las empresas privatizadas de la obligación de participación accionaria de los trabajadores, generando responsabilidad del Estado y la empresa.
- Respecto a los trabajadores que ingresaron con posterioridad a la privatización, la Cámara y la Corte Suprema han sostenido que solo tienen derecho quienes integraron el Programa de Propiedad Participada.
- Para el cálculo de la participación, corresponde aplicar el 10% de las utilidades netas anuales, en línea con los programas de propiedad participada.

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