DELFINI, SILVIA NOEMI c/ COMPAÑIA ARGENTINA DE MARKETING DIRECTO S.A. s/DESPIDO
La actora demandó a su ex empleadora por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios a favor de la trabajadora.
Despido y falta de pago de salarios caídos
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa a abonar a la trabajadora la suma de $339.921,26, que se actualizará por RIPTE y devengará un interés puro del 6% anual. La Cámara consideró que la reserva de puesto impuesta a la trabajadora desde abril de 2014 sin pago de salarios fue arbitraria, ya que las nuevas ausencias no pudieron ser atribuidas a la dolencia que databa del accidente de trabajo sufrido en 2013. También admitió el reclamo del agravamiento previsto en la ley 25.323 por deficiencia en el registro del contrato. Asimismo, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 en el caso, por resultar incompatible con la protección constitucional del derecho de propiedad y los derechos sociales, ante la imposibilidad de actualizar debidamente los créditos laborales en un contexto de alta inflación.
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