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GUERRERO, ANDREA SOLEDAD c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora cuestionó la valoración de la incapacidad psicológica en su reclamo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el fallo de primera instancia y computó una incapacidad parcial y permanente del 36,86% para determinar la prestación dineraria.

Intereses Actualizacion monetaria Incapacidad psicologica Incapacidad parcial y permanente Enfermedad profesional


¿Quién es el actor?

Andrea Soledad Guerrero

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incapacidad psicológica derivada de enfermedades profesionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y computó una incapacidad del 36,86% para determinar la prestación dineraria, al considerar válido el dictamen pericial que acreditaba la incapacidad psicológica de la trabajadora. Asimismo, estableció la forma de cálculo de los intereses. Principales fundamentos:
- Los jueces laborales pueden analizar el valor convictivo y probatorio de los peritajes según las reglas de la sana crítica, sin estar obligados a seguir el dictamen.
- Sin embargo, en este caso, la Cámara consideró que el dictamen pericial se encontraba debidamente fundado y no había sido desvirtuado, por lo que correspondía receptar el agravio de la actora y computar la incapacidad psicológica.
- Respecto a los intereses, se determinó que deben calcularse desde la fecha de toma de conocimiento de la enfermedad hasta el momento de la liquidación, con un interés puro del 6% anual, y en caso de mora, se capitalizarán los accesorios con un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación.

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