CUSANO, OLGA NOEMI c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La trabajadora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso el reajuste del crédito mediante la aplicación de un índice de actualización más una tasa de interés anual.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso el reajuste del crédito mediante la aplicación de un índice de actualización (IPC Nación) más una tasa de interés anual del 3%, desde el nacimiento del crédito y hasta el efectivo pago.
Fundamentos principales:
- La aplicación de las tasas de interés legales vigentes resulta insuficiente para compensar adecuadamente la pérdida de valor adquisitivo del dinero, por lo que corresponde declarar la inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación.
- Los créditos laborales, de naturaleza alimentaria, requieren una protección especial y deben ser satisfechos integralmente. La falta de actualización por depreciación monetaria afecta la noción de reparación integral.
- Se debe aplicar un índice de actualización (IPC Nación) más una tasa de interés anual del 3%, para contemplar tanto el interés moratorio como el compensatorio, respetando los lineamientos constitucionales.
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