ACUÑA, LUIS EDUARDO c/ GASPARQUE S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia y dispuso que el monto de condena devengue intereses de conformidad con lo establecido en el fallo.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el monto de condena devengue intereses calculados utilizando el Índice de Remuneraciones Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) más una tasa de interés pura del 6% anual. También confirmó el rechazo de la demanda contra YPF SA.
Fundamentos principales:
- La aplicación lineal de las tasas de interés autorizadas por el BCRA conduce a la pulverización del contenido económico del crédito, desnaturalizando el derecho de propiedad del acreedor.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 que prohíben la actualización monetaria, por contravenir lo dispuesto en el art. 17 de la CN sobre protección de la propiedad privada.
- Para la actualización se utilizará el índice RIPTE y una tasa de interés pura del 6% anual.
- El rechazo de la demanda contra YPF SA se confirma por falta de fundamentación suficiente del recurso.
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