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ARISPE CESPEDES, MILTON c/ RIVA SAIICFA s/DESPIDO

Trabajador demandó por despido y reclama indemnización por falta de entrega de certificados del art. 80 LCT. La Cámara modifica la sentencia al dejar sin efecto la sanción por conducta temeraria impuesta a la empresa.

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Indemnización por despido y falta de entrega de certificados del art. 80 LCT

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la condena por falta de entrega de los certificados del art. 80 LCT, pero deja sin efecto la sanción por conducta temeraria impuesta a la empresa. Los fundamentos principales son:
- El vínculo se extinguió el 29/08/2019, pero la empleadora recién entregó los certificados el 05/11/2021, luego del plazo legal. Por lo tanto, corresponde la indemnización del art. 80 LCT.
- Para configurar la "conducta maliciosa y temeraria" del art. 275 LCT, se requiere una inconducta procesal grave, más allá de que la defensa no haya prosperado. En este caso, la empleadora no evidenció una conducta obstruccionista o dilatoria que amerite la sanción.

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