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MARTINEZ, JONATHAN JAVIER c/ GESTAM S.A. s/DESPIDO

El trabajador promovió demanda por despido y daño psíquico. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó la actualización del capital de condena conforme a parámetros que preserven el valor de la acreencia laboral.

Intereses Dano psiquico Inconstitucionalidad Despido indirecto Actualizacion de creditos Ripte

Despido indirecto e indemnización por daño psíquico

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el reconocimiento de la indemnización por daño psíquico, pero modificó el rechazo del despido indirecto. Dispuso que el capital de condena sea actualizado por el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual, con límite en el salario nominal que hubiera percibido el trabajador de haber continuado en actividad. Los fundamentos principales fueron:
- La prohibición de indexación de los créditos establecida en la ley 23.928 resulta incompatible con la Constitución Nacional en el contexto económico actual, pues conduce a la pulverización del valor de la acreencia laboral.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de dicha prohibición y disponer la actualización del capital por el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual, aplicado sobre el salario nominal que hubiera percibido el trabajador.
- Este mecanismo busca preservar el valor real del crédito, evitando resultados desproporcionados o distorsivos.

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