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DE AMICIS, ERICA SOLEDAD c/ LINSER S.A. s/DESPIDO

Empleada reclama diferencias salariales y daños por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la condena al empleador, pero descuenta salarios por inasistencias.

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Diferencias salariales, indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la condena al empleador por diferencias salariales y daños, pero descuenta salarios por inasistencias de la trabajadora sin justificar. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que:
- La actora tenía derecho a la categoría de "Oficial de Primera" por su antigüedad, lo que genera diferencias salariales.
- Corresponde abonar la liquidación final (SAC y vacaciones proporcionales).
- Se intimó en tiempo la entrega del certificado de trabajo.
- Debe descontarse el período del 6/6/19 al 2/7/19 en que la trabajadora no prestó servicios ni justificó ausencias.
- Procede la indemnización por despido, art. 178 LCT y art. 2 ley 25.323.
- Los intereses se devengarán desde la fecha del distracto con la tasa de CER.

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