DE AMICIS, ERICA SOLEDAD c/ LINSER S.A. s/DESPIDO
Empleada reclama diferencias salariales y daños por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la condena al empleador, pero descuenta salarios por inasistencias.
Diferencias salariales, indemnización por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la condena al empleador por diferencias salariales y daños, pero descuenta salarios por inasistencias de la trabajadora sin justificar.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que:
- La actora tenía derecho a la categoría de "Oficial de Primera" por su antigüedad, lo que genera diferencias salariales.
- Corresponde abonar la liquidación final (SAC y vacaciones proporcionales).
- Se intimó en tiempo la entrega del certificado de trabajo.
- Debe descontarse el período del 6/6/19 al 2/7/19 en que la trabajadora no prestó servicios ni justificó ausencias.
- Procede la indemnización por despido, art. 178 LCT y art. 2 ley 25.323.
- Los intereses se devengarán desde la fecha del distracto con la tasa de CER.
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