LA FORGIA, MIGUEL ANGEL c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por reparación de incapacidad parcial y permanente por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo revocó la sentencia y condenó a la aseguradora a abonar la indemnización correspondiente.
Indemnización por incapacidad parcial y permanente derivada de accidente "in itinere"
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia que había declarado desierto el recurso y confirmado la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional, y reconoció el derecho del actor a percibir la prestación del art. 14 inc. 2° a) de la Ley 24.557 por una incapacidad del 1,6% de la T.O.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El perito médico designado por el tribunal informó que el actor presenta una limitación funcional en la movilidad del tobillo derecho, compatible con el accidente, que le genera una incapacidad del 1,6%.
- Corresponde ponderar el dictamen pericial, salvo que existan razones objetivas para apartarse de él, lo que no ocurre en el caso.
- La prestación se calculará conforme lo dispuesto en la Ley 24.557, actualizando el Ingreso Base Mensual por el índice RIPTE.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la Resolución 1039/19 de la SSN, que modifica de manera peyorativa los derechos regulados en la ley.
- Las costas serán impuestas a la demandada por resultar vencida.
- Los honorarios profesionales se regularán de conformidad con la Ley 27.423, por considerar inconstitucional el Decreto 157/18 que la excluye.
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