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SCUDERI, HUGO ABEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador apela decisión de primera instancia sobre incapacidad laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia y dispone que los intereses deben calcularse desde la fecha del siniestro.

Intereses Recurso de apelacion Incapacidad laboral Inconstitucionalidad Decreto 669 19


¿Quién es el actor?

SCUDERI, HUGO ABEL

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra dictamen de Comisión Médica sobre incapacidad laboral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y dispone que los intereses sobre el monto indemnizatorio se calculen desde la fecha del siniestro (13/07/2023) hasta la notificación del traslado del recurso de apelación (06/12/2023), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. Los nuevos montos seguirán devengando intereses hasta el efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Sala VIII de la Cámara ya se había pronunciado previamente sobre la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 669/19, por lo que no corresponde su aplicación.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 770, inciso b), del CC y CN, corresponde que el crédito objeto de condena devengue intereses desde la fecha del siniestro y hasta la notificación del traslado del recurso de apelación, momento en el cual se acumularán al capital.

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