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LISTORTI, SEBASTIAN OMAR c/ FALABELLA S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

El actor reclamó diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el monto de condena mediante el índice RIPTE más una tasa del 6% anual.

Intereses Honorarios Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Seguridad social Diferencias salariales Ripte


¿Quién es el actor?

Sebastián Omar Listorti

¿A quién se demanda?

Falabella S.A. y Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó que el monto de condena sea actualizado mediante el índice RIPTE más una tasa del 6% anual. Confirmó lo demás. Los principales fundamentos fueron:
- El índice RIPTE es aplicable exclusivamente a prestaciones de suma fija y resarcimientos mínimos impuestos por ley, no al importe indemnizatorio de la LRT.
- La Corte Suprema ha descalificado los criterios sobre intereses adoptados previamente por esta Cámara, por lo que corresponde aplicar la doctrina del máximo tribunal.
- Si bien en casos anteriores propició soluciones nominalistas, por razones de economía procesal adoptará el criterio prevalente en la Sala de actualizar por RIPTE más 6% anual.
- No corresponde computar los intereses desde la fecha de alta médica, sino desde el evento dañoso, de acuerdo a lo establecido por la ley 26.773.
- Los honorarios regulados se ajustan a derecho.

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