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PEDRO MOSCUZZA E HIJOS SA Y OTROS c/ EN-MINISTERIO DE ECONOMÍA- SAGPYA -RESOL 526/03 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que declaró la nulidad absoluta e insanable del permiso de pesca otorgado en 1992 al buque Santa Eugenia y de su posterior transferencia a otros buques, al entender que los actos adolecían de graves vicios.

Nulidad administrativa Permiso de pesca Accion de lesividad Pesca maritima Anulacion judicial


¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía

¿A quién se demanda?

Grupo Moscuzza (Pedro Moscuzza e Hijos SA, Hispano Patagónica SA y Alimenpez SA) y Mediterránea SA
- Objeto de la demanda: Nulidad del permiso de pesca otorgado en 1992 al buque Santa Eugenia y de su posterior transferencia a otros buques
- Decisión del tribunal: Se hizo lugar a la acción de lesividad promovida por el Estado Nacional y se declaró la nulidad absoluta e insanable del permiso de pesca de 1992 y de las resoluciones que aprobaron su transferencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El permiso de pesca de 1992 fue otorgado por autoridad incompetente (Director Nacional de Pesca y Acuicultura) y sin el dictamen jurídico previo requerido.
- Las resoluciones 182/1999 y 45/1999 que aprobaron la transferencia del permiso a otros buques se sustentaban en el acto viciado de 1992, por lo que también fueron declaradas nulas.
- Los recursos naturales, como los pesqueros, deben ser explotados de manera racional y sustentable, conforme al ordenamiento jurídico vigente.

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