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TRIPALDI, MIGUEL ANGEL c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA

El actor promovió amparo por mora contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al amparo.

Honorarios Reparacion economica Amparo por mora Ley 24 043 Deber de pronunciamiento de la administracion


¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Tripaldi

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reparación económica en el marco de la Ley N° 24.043

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo por mora, ordenando a la autoridad administrativa que se expida dentro de 20 días sobre el reclamo. La Cámara señaló que la Administración tiene el deber jurídico de pronunciarse expresamente frente a las peticiones de los particulares, conforme lo establecido en el art. 7 inc. c) de la Ley 19.549. Indicó que el silencio de la Administración constituye una conducta irregular que perjudica al particular, por lo que corresponde hacer lugar al amparo por mora. En cuanto a los honorarios, se modificaron los regulados en primera instancia, fijándolos en 7 UMAs para la representación de la parte actora en esa instancia, y 2,1 UMAs por la actuación en segunda instancia.

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