CRYSLAN SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
El tribunal requirió a la parte actora la acreditación de la promoción del proceso principal bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, CRYSLAN SA, promovió una medida cautelar autónoma contra el Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo. El tribunal, previo a resolver la medida cautelar, requirió a la parte actora que acredite la promoción del proceso principal al que alude en su escrito, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias del expediente. La decisión se fundamenta en lo dispuesto por los arts. 3, inc. 1, y 8 de la Ley 26.854, que regulan las medidas cautelares autónomas.
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