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LANACUER SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala IV ordena a la actora acreditar la promoción del proceso principal bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias del sistema.

Facultades del tribunal Acreditacion de requisitos Medida cautelar autonoma Proceso principal


¿Quién es el actor?

LANACUER SA

¿A quién se demanda?

EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar autónoma

¿Qué se resolvió?

La Cámara ordenó a la actora acreditar la promoción del proceso principal en el plazo de 5 días, bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias del sistema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara ejerció las facultades conferidas por el art. 36 inc. 4 del CPCCN para mejor proveer, a fin de que la actora acredite haber promovido el proceso principal, como requisito para el dictado de la medida cautelar autónoma solicitada.

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