CARO, JORGE ENRIQUE Y OTROS c/ AFIP s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Jubilados demandan la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara modifica la decisión y declara la competencia de la justicia federal con asiento en las jurisdicciones de los actores.
- Actores: Jubilados (Jorge Enrique Caro, Jorge Alberto Mamani, Walter Roque Omar Madrid)
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes previsionales, y ordenar el cese del descuento y reintegro de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modifica la decisión de primera instancia y declara la competencia de la justicia federal con asiento en las jurisdicciones de los domicilios fiscales de los actores (San Martín de los Andes, Neuquén; Campo de Mayo, Buenos Aires; y Tartagal, Salta).
- Argumentos principales: La competencia debe determinarse atendiendo al lugar de cumplimiento de la obligación, que se identifica con el domicilio fiscal del contribuyente. Si bien la AFIP tiene jurisdicción nacional, ello no obsta a que los actores puedan optar por radicar la causa en el fuero federal de la Capital Federal, dado que esta alternativa no resulta inconveniente o que deje en indefensión al Fisco.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: