ROSENFELD, ANA MIRTA c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL Y OTRO s/VARIOS
La actora promovió acción autónoma de nulidad de sentencia por cosa juzgada írrita. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda al considerar que los argumentos de la actora fueron insuficientes para demostrar la configuración de un supuesto de excepción que habilite la revisión de la cosa juzgada.
- Actora: Ana Mirta Rosenfeld
- Demandados: Colegio Público de Abogados de Capital Federal y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción autónoma de nulidad de sentencia que confirmó sanción disciplinaria de multa aplicada a la actora por el Tribunal de Disciplina del Colegio.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. La Cámara consideró que los argumentos y pruebas aportados por la actora fueron insuficientes para demostrar la existencia de vicios que habilitaran la revisión de la cosa juzgada. Se señaló que la actora no rebatió adecuadamente los fundamentos de la sanción, centrados en la suscripción de pactos de honorarios sobre cuestiones de familia no patrimoniales y la forma en que dio por cancelada la deuda con su clienta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El respeto a la cosa juzgada es un pilar fundamental de nuestro ordenamiento jurídico. Si bien la Corte Suprema ha admitido excepciones a este principio, como la acción de nulidad por cosa juzgada írrita, en el caso los argumentos de la actora resultaron insuficientes para acreditar la configuración de esa causal. La sentencia firme que confirmó la sanción disciplinaria no puede ser revisada por esta vía, al no haberse demostrado la existencia de vicios sustanciales que afecten la validez del proceso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: