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LONCON, DOMINGO COSME Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Personal militar del Ejército Argentino demandó por suplementos salariales. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Orden de costas Ejercito argentino Suplementos salariales Diferimiento de pago Decretos 1305 12 y 855 13 Limite temporal


¿Quién es el actor?

Personal militar del Ejército Argentino

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de suplementos salariales instituidos por los decretos 1305/12 y 855/13

¿Qué se resolvió?

La Cámara:
- Declaró desierto el recurso de apelación de la parte actora
- Hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada
- Confirmó la sentencia de primera instancia con algunas aclaraciones y precisiones:
- Estableció que el devengamiento de los créditos reconocidos al actor tendrá como límite temporal el 1/10/2020, cuando se derogó el decreto 1305/2012
- Señaló que las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse hasta el momento del efectivo pago, conforme a la normativa aplicable
- Distribuyó las costas de la instancia de apelación en el orden causado Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró inaplicable la doctrina de los fallos "Zanotti" y "Salas" de la Corte Suprema, al entender que se refieren a adicionales transitorios diferentes a los suplementos del decreto 1305/12.
- Remitió a lo resuelto por la Sala en el precedente "Terrazas Chauque", donde se analizó la cuestión de los suplementos del decreto 1305/12.
- Señaló que el artículo 5° de dicho decreto importó un mecanismo compensador y no un aumento salarial generalizado.

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