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AMOEDO, LUCIANA MARIEL c/ UBA - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

La Universidad de Buenos Aires apeló la decisión que hizo lugar al amparo por mora interpuesto por la estudiante, pero la Cámara modificó la sentencia y distribuyó las costas en el orden causado.

Costas Orden causado Titulo universitario Amparo por mora


¿Quién es el actor?

Luciana Mariel Amoedo

¿A quién se demanda?

Universidad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Entrega del título de Licenciada en Nutrición
- Decisión del tribunal: La Cámara declara inoficioso el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la UBA respecto al fondo del asunto, ya que se había entregado el título a la estudiante. Sin embargo, admite el recurso respecto a la imposición de costas, y decide que las costas de primera instancia se distribuyan en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 68 del CPCCN establece el principio objetivo de la derrota, pero prevé la posibilidad de eximir de costas al vencido cuando el juzgador encuentre mérito para ello.
- Al momento de interponerse la demanda, no se verificaba una irrazonable demora de la UBA en la tramitación del título, por lo que resulta ajustado a derecho que las costas se distribuyan en el orden causado.
- Las costas de la instancia de apelación también se imponen en el orden causado, ya que no existe una conclusión que configure un pronunciamiento declarativo del derecho de los litigantes.

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