IBAÑEZ, JORGE EDUARDO c/ EN-M JUSTICIA DDHH- SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal aumenta los honorarios regulados a favor de la parte demandada, cuestionando la aplicación automática de los porcentajes previstos en la ley de arancel.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente incidente trata sobre la regulación de honorarios de los profesionales que actuaron en la causa "IBAÑEZ, JORGE EDUARDO c/ EN-M JUSTICIA DDHH
- SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG".
La Cámara señala que, para lograr una retribución equitativa y justa, no resulta conveniente la aplicación automática de los porcentajes previstos en la ley de arancel, sino que debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema en el sentido de que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios.
Contemplando estos lineamientos, la Cámara eleva los honorarios de la dirección letrada y representación de la demandada a la suma de $31.197,50, equivalente a 2,5 UMA. Agrega que el IVA integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto.
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