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CENTRO DE EXPORTADORES DE CEREALES c/ EN-M ECONOMIA- RESOL 41/20 s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

El Centro de Exportadores de Cereales promovió un incidente por medida cautelar autónoma para suspender la aplicación de las Resoluciones N° 41/2020 y 27/2022 que autorizaron a INDEAR S.A. a comercializar trigo genéticamente modificado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la conexidad de este incidente con una acción de amparo en trámite y ordenó remitir el expediente al Juzgado competente.

Conexidad Medida cautelar Impugnacion de actos administrativos Trigo geneticamente modificado Exportacion de cereales


¿Quién es el actor?

Centro de Exportadores de Cereales

¿A quién se demanda?

Ministerio de Economía (continuador del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de medida cautelar para suspender la aplicación de las Resoluciones N° 41/2020 y 27/2022 que autorizaron a INDEAR S.A. a comercializar trigo genéticamente modificado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la conexidad de este incidente con la causa "Federación de Centro y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales c/ Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional s/ amparo ley 16.986" que tramita en el Juzgado N° 10, y ordenó remitir el expediente a dicho juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que ambas causas se encuentran íntimamente ligadas, ya que se discuten los mismos actos administrativos, sus efectos y la legitimación de los actores en representación del sector exportador y acopiador de cereales. Para evitar pronunciamientos contradictorios, correspondía que el Juzgado N° 10 que ya había rechazado una medida cautelar similar, asuma la competencia.

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