CENTRO DE EXPORTADORES DE CEREALES c/ EN-M ECONOMIA- RESOL 41/20 s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
El Centro de Exportadores de Cereales promovió un incidente por medida cautelar autónoma para suspender la aplicación de las Resoluciones N° 41/2020 y 27/2022 que autorizaron a INDEAR S.A. a comercializar trigo genéticamente modificado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la conexidad de este incidente con una acción de amparo en trámite y ordenó remitir el expediente al Juzgado competente.
¿Quién es el actor?
Centro de Exportadores de Cereales
¿A quién se demanda?
Ministerio de Economía (continuador del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de medida cautelar para suspender la aplicación de las Resoluciones N° 41/2020 y 27/2022 que autorizaron a INDEAR S.A. a comercializar trigo genéticamente modificado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la conexidad de este incidente con la causa "Federación de Centro y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales c/ Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional s/ amparo ley 16.986" que tramita en el Juzgado N° 10, y ordenó remitir el expediente a dicho juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que ambas causas se encuentran íntimamente ligadas, ya que se discuten los mismos actos administrativos, sus efectos y la legitimación de los actores en representación del sector exportador y acopiador de cereales. Para evitar pronunciamientos contradictorios, correspondía que el Juzgado N° 10 que ya había rechazado una medida cautelar similar, asuma la competencia.
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