OTAZO, GERARDO NICOLAS Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - GN - CAMBIO DE DESTINO s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para que se le otorgue el cambio de destino al Escuadrón 15 BAJO PARAGUAY, Provincia de Formosa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que rechazó la acción, al considerar que la decisión administrativa no fue arbitraria o ilegal.
¿Quién es el actor?
Gerardo Nicolás Otazo y Yamila Rocío Ferreira
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitar cambio de destino del actor al Escuadrón 15 "BAJO PARAGUAY", Provincia de Formosa, para acompañar a su esposa discapacitada y a sus hijos menores.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo. La Cámara consideró que la decisión administrativa de denegar el traslado, si bien limitaba la convivencia familiar, no resultaba arbitraria o ilegal, en tanto la Gendarmería actuó conforme al procedimiento reglamentario y motivó adecuadamente su decisión.
Fundamentos relevantes:
- La normativa de Gendarmería establece un procedimiento para analizar las solicitudes de cambio de destino, incluyendo informes médicos y socioambientales, el cual fue cumplido en el caso.
- La autoridad administrativa tiene facultades discrecionales para decidir sobre estos pedidos, siempre que la decisión no sea arbitraria o ilegal.
- La discapacidad de la esposa del actor era preexistente a su incorporación a la fuerza, por lo que no configura una "situación excepcional" que obligue al traslado.
- Si bien la decisión administrativa limitaba la convivencia familiar, ello es compatible con las atribuciones de la Fuerza y no demuestra por sí sola arbitrariedad o ilegalidad.
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