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DIAZ DE BRITO, MARIA RENEE c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora impugnó la constitucionalidad de las normas que gravan con el Impuesto a las Ganancias sus haberes jubilatorios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones impugnadas y ordenó el reintegro de las sumas retenidas.

Prescripcion Inconstitucionalidad Repeticion Impuesto a las ganancias Jubilacion Ley 11 683


- Actora: María Renee Díaz de Brito

¿A quién se demanda?

EN-AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que gravan las jubilaciones, y reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas y ordenó el reintegro de las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre el haber jubilatorio de la actora. Fundamentación:
- El tribunal consideró que del análisis de los precedentes de la Corte Suprema ("García, María Isabel" y otros) no surgen parámetros concluyentes para decidir la cuestión, por lo que correspondía atenerse al criterio de conformar las decisiones a la interpretación expuesta en aquellos, salvo que se expresen nuevas razones suficientes para justificar una solución diversa.
- Respecto del alcance temporal del reintegro, se aplicó lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 11.683, que establece un plazo de prescripción de 5 años.

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