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FERRARI DANIEL ERNESTO Y OTROS c/ EN-EMGE Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios de un abogado, adecuándolos a la normativa aplicable.

Regulacion Honorarios de abogado Ley 21 839 Ley 24 432 Personal militar y civil Camara contencioso administrativa federal Art 13


¿Quién es el actor?

Daniel Ernesto Ferrari y otros

¿A quién se demanda?

EN-EMGE y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación sobre personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios del abogado Dr. Pablo Ignacio Tommasi, fijándolos en la suma de $411.000, en aplicación de la Ley 21.839 y sus reformas, ya que los trabajos comenzaron antes de la sanción de la Ley 27.423. Sostiene que el art. 13 de la Ley 24.432 es de interpretación restrictiva y no aplica al caso. Además, indica que si el profesional acredita su condición de responsable inscripto ante el IVA, se deberá adicionar a los honorarios la alícuota correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La mayor parte de los trabajos de ejecución comenzaron antes de la sanción de la Ley 27.423, por lo que debe aplicarse la Ley 21.839 y sus reformas.
- El art. 13 de la Ley 24.432 es de interpretación restrictiva y no aplica al caso, según la jurisprudencia constante de la Sala.
- Se fijan los honorarios del Dr. Pablo Ignacio Tommasi en $411.000, teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas.
- Si el profesional acredita su condición de responsable inscripto ante el IVA, se deberá adicionar a los honorarios la alícuota correspondiente.

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