DIAS, JUAN DE DIOS Y OTROS c/ EN-Mº SEGURIDAD-GN-DTO 1307/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó una orden de ejecución del pago de intereses a causa de la insuficiencia presupuestaria del Estado.
¿Quién es el actor?
DIAS, JUAN DE DIOS Y OTROS
¿A quién se demanda?
EN-Mº SEGURIDAD-GN-DTO 1307/12
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de intereses sobre condena anterior
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la orden de ejecución del pago de $6.933.827,30 en concepto de intereses, señalando que el Estado se encuentra dentro de los plazos legales para incluir el monto adeudado en el presupuesto del ejercicio siguiente, sin que corresponda una ejecución forzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las leyes 23.982, 24.624 y 26.895 establecen que, cuando el presupuesto carece de crédito suficiente, el Estado debe incluir la deuda en el presupuesto del ejercicio siguiente.
- El Estado se encuentra dentro de los plazos legales para incluir el monto adeudado en el presupuesto, sin que corresponda una ejecución forzada.
- Mientras no se cancele el crédito, los intereses seguirán devengándose hasta el pago.
- No corresponde una nueva previsión presupuestaria si el pago no se realiza por el total adeudado (capital más intereses).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: