Logo

AMX ARGENTINA SA c/ EN - M COMUNICACIONES s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó regulación de honorarios de letrado de parte actora en proceso de conocimiento.

Honorarios Ley 27 423 Orden publico Regulacion Ley 21 839 Proceso de conocimiento

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó la regulación de honorarios del letrado de la parte actora en un proceso de conocimiento. En primera instancia, los honorarios fueron regulados aplicando la Ley 21.839 para la primera etapa del proceso y la Ley 27.423 para la segunda etapa. La Cámara confirmó los honorarios regulados en primera instancia, señalando que los jueces no pueden apartarse de los mínimos establecidos en la Ley 27.423, que revisten carácter de orden público. Respecto a la segunda etapa, la Cámara fijó los honorarios del letrado en 3,33 UMA, equivalentes a $84.492, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.423. Además, se dejó constancia de que, en caso de que el letrado acredite ser responsable inscripto en el Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar la alícuota correspondiente a dicho tributo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar