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Incidente Nº 1 - ACTOR: CASTRO, FACUNDO Y OTROS DEMANDADO: EN - M SEGURIDAD - PNA s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La Prefectura Naval Argentina apeló la liquidación complementaria de intereses aprobada, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso al considerar que el Estado debe abonar capital más intereses devengados hasta el efectivo pago.

Intereses Ejecucion de sentencia Actualizacion Prefectura naval argentina Art 170 ley 11 672


¿Quién es el actor?

CASTRO, FACUNDO Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN
- M SEGURIDAD
- PNA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia y liquidación de intereses

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la liquidación complementaria de intereses aprobada. Consideró que, para la cancelación de créditos judiciales firmes sujetos al art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe prever presupuestariamente el pago del capital más los intereses devengados hasta el efectivo pago, a fin de evitar la dilación en la percepción íntegra del crédito por el acreedor. "Para la cancelación de los reconocimientos judiciales firmes sujetos al procedimiento del art. 170 de la ley 11.672, el Estado Nacional deberá adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria sea comprensiva del capital de condena y de los intereses devengados hasta su efectivo pago".

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