GARCIA CABRERA, YESICA DANIELA Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Empleados militares y civiles de la Policía de Seguridad Aeroportuaria reclaman la inclusión de diversos suplementos y compensaciones en su haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma parcialmente la decisión de primera instancia y ordena el pago de las diferencias salariales.
Inclusión de suplementos y compensaciones previstos en los decretos 836/08 y 2140/13 en el haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, y pago de diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando la inclusión de los suplementos por "vivienda", "vestimenta", "racionamiento", "zona" y "actividad riesgosa" (decreto 836/08) y "exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria" (decreto 2140/13) en el haber mensual. Rechazó la bonificación por "presentismo".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "La sentencia apelada ha sido dictada con arreglo a derecho, pues es constante la jurisprudencia de esta Sala que ha reconocido el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones similares a los aquí reclamados, cuando los mismos fueron percibidos con carácter general por el personal policial, sin que su otorgamiento se halle sujeto a requisitos específicos".
- "Los suplementos y compensaciones reclamados poseen un alcance general y no se encuentran vinculados a condiciones particulares o temporales, por cuanto se otorgan a una parte significativa del personal que integra la Institución, lo que les confiere el carácter remunerativo y bonificable".
- "Las referencias a otras fuerzas de seguridad resultan pertinentes a fin de desentrañar la naturaleza de los rubros cuestionados, pues más allá de las particularidades de cada fuerza, se advierten semejanzas en cuanto a la finalidad y el modo de determinación de tales adicionales".
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