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KANDIKO SA c/ EN-AFIP-DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Empresa de juegos de azar impugna la constitucionalidad del impuesto a los créditos y débitos bancarios sobre el pago de obligaciones tributarias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la validez del impuesto.

Declaracion de inconstitucionalidad Actividad economica Capacidad contributiva Juegos de azar Impuesto a los creditos y debitos bancarios Pago de obligaciones tributarias


¿Quién es el actor?

Kandiko S.A., empresa dedicada a la explotación de juegos de azar

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (A.F.I.P.
- D.G.I.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de certeza e inconstitucionalidad del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios (ley 25.413) respecto del pago de obligaciones tributarias y de seguridad social

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad. La Cámara consideró que el impuesto grava las transacciones bancarias y presume la capacidad contributiva, sin que importe el destino final de los fondos. Señaló que la actora no demostró acabadamente la violación de principios constitucionales. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha convalidado la validez constitucional del impuesto en casos de empresas dedicadas a actividades económicas, a diferencia de supuestos muy específicos donde consideró afectada la capacidad contributiva (Cajas de Jubilaciones).
- El pago de obligaciones tributarias y previsionales se enmarca en la actividad económica de explotación de juegos de azar de la actora, por lo que no puede considerarse que carezca de capacidad contributiva.
- La declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad que requiere un acabado sustento sobre la afectación de derechos constitucionales, lo que no se verifica en el caso.

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