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BAIRES FLOORING SAS c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

La apelante cuestiona las pautas fijadas por el juez de primera instancia para el cálculo de los intereses sobre los honorarios regulados. La Cámara modifica el método de cálculo de los intereses.

Intereses Honorarios Mora Ejecucion Regulacion judicial Uma


- Actor: Baires Flooring SAS
- Demandado: EN-M Desarrollo Productivo-Secretaría Industria Economía del Conocimiento y Gestión Externa
- Objeto de la demanda: Medida cautelar
- Decisión: La Cámara hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la Dra. Montenegro y ordena que se practique una nueva liquidación de intereses sobre los honorarios regulados de acuerdo a los criterios fijados en el fallo. La Cámara señala que la ley 27.423 admite el cómputo de intereses moratorios desde la regulación de los honorarios en primera instancia hasta el efectivo pago. Establece que los intereses deben calcularse sobre el monto resultante de convertir los honorarios fijados en UMA al momento de la regulación, aplicando la tasa del 6% anual. Esta suma se le debe adicionar al monto de los honorarios fijados en UMA al valor vigente a la fecha de corte del cálculo de intereses. Del total se debe detraer lo depositado por los deudores y el saldo adeudado se transformará en UMA al valor vigente al momento de los depósitos, para que devengue nuevos intereses.

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