COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO -DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45
El supermercado Coto promovió recurso directo contra la multa impuesta por comercializar productos vencidos, pero la Cámara Contencioso Administrativa confirmó la sanción.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A. (Coto CICSA)
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo (DNDCyAC)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la multa de $400.000 impuesta por comercializar productos vencidos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La DNDCyAC tiene competencia exclusiva para fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor, sin que ello impida que otros organismos ejerzan fiscalizaciones.
- El acta de inspección acreditó la existencia de productos vencidos en exhibición, configurando la infracción al art. 5 de la Ley 24.240.
- La multa no es arbitraria, ya que la autoridad ponderó adecuadamente las circunstancias para su graduación.
- Los argumentos de Coto sobre nulidad, afectación de derechos y falta de motivación no resultan atendibles.
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