CAZON, LUIS BELTRAN Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-AA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de la letrada de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un juicio por personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad, la Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de la letrada patrocinante y apoderada de la parte actora. La Cámara consideró la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio para regular los honorarios de la profesional. Así, REDUJO los honorarios de primera instancia a 4,55 UMAs (equivalente a $276.544,4) y FIJÓ los honorarios por el trabajo en la Alzada en 1,36 UMAs (equivalente a $82.659,44). La Cámara aclaró que dichos montos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá abonarse por la obligada en caso de que la beneficiaria acredite su condición de responsable inscripta.
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