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ORANGE BUSINESS SERVICES SA c/ AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió demanda por exención del pago de tasa de almacenaje de mercadería depositada en un depósito fiscal a cargo de la demandada. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Orange Business Services SA, demandó a Aeropuertos Argentina 2000 SA (AA2000) solicitando que no se le cobre la tasa de almacenaje por mercadería depositada en el depósito fiscal explotado por AA2000, en virtud del artículo 1042 del Código Aduanero. El juez de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenando la repetición de sumas abonadas por la actora desde el inicio del sumario aduanero hasta la notificación de la medida cautelar que autorizó el retiro de la mercadería. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que si bien el vínculo entre el concesionario y el usuario es de naturaleza contractual, se trata de un servicio que permite llevar adelante las tareas de control aduanero, por lo que resultan aplicables las normas específicas como el artículo 1042 del Código Aduanero. Dado que en el caso se desestimó la denuncia aduanera, correspondía aplicar la exención prevista en dicha norma. Por otro lado, rechazó los agravios relativos a la repetición de lo abonado, al considerar que el artículo 1042 resulta aplicable.

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