Z., L. c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Tribunal eleva honorarios de letrados y perito en proceso de conocimiento resuelto por desistimiento.
¿Quién es el actor?
Z.L.
¿A quién se demanda?
EN-AFIP-LEY 27605
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
El tribunal eleva los honorarios regulados a favor de los letrados de la parte demandada (Dres. María Mercedes Rena y Daniel Gustavo Di Paolo) y del perito contador Martín Hernán Roca, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate (desistimiento del proceso de conocimiento).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —desistimiento del proceso de conocimiento—; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante la dos etapas que tuvo el trámite ante Primera Instancia, corresponde ELEVAR a la cantidad de 138 U.M.A —equivalentes a la suma de $8.555.310— y a 55 U.M.A —equivalentes a la suma de $3.409.7250—, respectivamente, los honorarios regulados a favor de los doctores María Mercedes Rena y Daniel Gustavo Di Paolo, quienes ejercieron la dirección letrada y representación de la parte demandada (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 51, 58 y ccdtes. de la ley 27.423; CSJN resol. SGA nº 2910/24; como así también, la reducción prevista en el artículo 9º de la ley 27743)." "Que, de conformidad a la entidad de la tarea desempeñada y la importancia de la cuestión sobre la que hubo de expedirse el perito nombrado en autos, contador Martín Hernán Roca, ELEVANSE a la cantidad de 126 U.M.A. —equivalentes a la suma de $7.811.370— los emolumentos regulados a su favor."
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