LANCIOTTI, OSCAR MARCELO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La parte demandada apeló la providencia que intimó el pago de intereses. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución al considerar que los intereses moratorios deben ser pagados hasta la efectiva cancelación del crédito.
- Actores: LANCIOTTI, OSCAR MARCELO y OTROS
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- GENDARMERÍA NACIONAL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la providencia que intimó a la demandada a acreditar el pago de los intereses adeudados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que los intereses moratorios deben computarse hasta la efectiva cancelación del crédito, y que el Estado debe prever en el presupuesto los montos de capital e intereses para poder cancelar íntegramente la condena.
- De acuerdo a la normativa vigente, el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena, pero durante ese plazo los intereses deben seguir devengándose.
- No existe norma alguna que exima al Estado del pago de los intereses adeudados.
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