GODOY, RUBEN EMILIANO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda para el cobro de un crédito reconocido judicialmente contra el Estado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia que habilitaba la ejecución forzada del crédito.
Cobro de un crédito reconocido judicialmente
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que intimaba al Estado a cancelar el crédito dentro de los plazos legales previstos, habilitando a la actora a promover la ejecución forzada ante el incumplimiento. La Cámara señaló que conforme a los arts. 22 de la Ley 23.982 y 170 de la Ley 11.672, ante la falta de crédito presupuestario suficiente en el ejercicio en el que corresponde satisfacer el pago, el Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias para su inclusión en el ejercicio siguiente. La actora se encontraba habilitada a promover la ejecución forzada al haber vencido los plazos legales.
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