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CONSORCIO DE PROPIETARIOS SALGUERO 1852/1854/1856 c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

El Consorcio de Copropietarios Salguero 1852/1854/1856 promovió demanda por indemnización por servidumbre administrativa de electroducto. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y confirmó el monto indemnizatorio, pero modificó la fecha de inicio del cómputo de los intereses.

Intereses Indemnizacion Prescripcion Servidumbre administrativa Electroducto Tribunal de tasaciones de la nacion


¿Quién es el actor?

Consorcio de Copropietarios Salguero 1852/1854/1856

¿A quién se demanda?

EDENOR SA
- Objeto de la demanda: Indemnización por servidumbre administrativa de electroducto
- Decisión del tribunal:
- Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada.
- Se confirmó el monto indemnizatorio de $2.359.000 fijado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación.
- Se modificó la fecha de inicio del cómputo de los intereses, estableciéndolos desde la fecha en que la demandada fue notificada de la acción (02/11/2018) y no desde la afectación del inmueble a servidumbre (12/01/2006).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La servidumbre administrativa de electroducto se rige por la Ley N° 19.552, la cual no prevé un plazo de prescripción para reclamar la indemnización, por lo que no puede aplicarse válidamente la prescripción.
- El monto indemnizatorio fijado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación se ajusta a la normativa aplicable.
- Los intereses deben computarse desde la constitución en mora de la empresa demandada, es decir, desde la notificación de la demanda.

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