ILLESCA, CARLITOS ALBERTO Y OTROS c/ AFIP (LEY 20628) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados a favor de los letrados de la parte demandada en un proceso de conocimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso se trata de un proceso de conocimiento iniciado por Carlitos Alberto Illesca y otros contra la AFIP (Ley 20.628). La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, confirmó los honorarios de las doctoras Olga Angélica Vera, Luciana B. Casadavant y Pamela Jursza, letradas apoderadas de la parte demandada. La Cámara destacó que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate, correspondía confirmar los honorarios regulados a los letrados de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en la Ley 27.423 y la Resolución SGA N° 3495/24. Asimismo, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 30 y concordantes de la Ley del Arancel, la trascendencia del asunto discutido y la entidad del trabajo cumplido, fijó en la cantidad de 1 UMA (equivalente a $66.436) los emolumentos de la Dra. Luciana B. Casadavant.
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