SPORT PLAN S.A. c/ CLUB ATLETICO RIVER PLATE ASOC. CIVIL s/ORDINARIO
Acción por cobro de prima de fichaje derivada de cesión de derechos de jugadores menores. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que las cesiones eran inoponibles al club demandado.
Cobro de prima de fichaje de 3 jugadores menores de edad, cuyos derechos habían sido cedidos a la actora.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que las cesiones eran inoponibles al club demandado, ya que las notificaciones realizadas por la actora no cumplían con los requisitos establecidos en el contrato entre los jugadores y el club. Específicamente, no se informaba correctamente sobre los derechos que se pretendían ceder ni los datos de los jugadores. Por lo tanto, las cesiones resultaban ineficaces frente al club. "El a quo también meritó el contenido de aquellos convenios y de los contratos de cesión de derechos firmados por los padres de los menores con Sport Plan. Así llegó a la conclusión de que la accionante estaba formalmente legitimada para reclamarle al club demandado el cobro por la prima de fichaje, acordada en la cláusula tercera inc. a) del contrato entre los futbolistas y el club, pues era uno de los derechos transmitidos a través de las cesiones de acuerdo al contenido de la cláusula primera de cada uno de los contratos en que fueron instrumentadas." "Recordó la cláusula octava del convenio firmado entre los jugadores y el club, que disponía que la cesión de los derechos de los jugadores sólo sería oponible si se había informado al club de las condiciones de la oferta dentro de los siete días de recibida por el jugador. Así, pasó a analizar en cada caso concreto si ese recaudo había sido cumplido o no." "Destacó que en ella se informó a River que existía una oferta por los derechos del jugador sobre una futura venta. Así, si bien cumplió con los demás requisitos exigidos por la cláusula octava del contrato, la notificación no se refirió a los derechos por la prima de fichaje, que es lo que en este pleito se reclama. Por ello, juzgó el sentenciante de grado, la cesión de los derechos de la prima de fichaje, en tanto nunca le fue comunicada a River, resulta inoponible al club."
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