COMPAÑÍA ARGENTINA DE GRANOS S.A. C/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
La nulidad procesal sólo procede cuando el acto impugnado ocasiona un perjuicio concreto y actual que afecte de modo sustancial el derecho de defensa, no bastando el interés en el mero cumplimiento formal de la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación contra una resolución de la Aduana de San Lorenzo que denegó un pedido de repetición de derechos de exportación abonados en destinaciones a consumo bajo el Decreto 133/2015, con planteo de nulidad del acto, discusión sobre la validez constitucional y legal de la exigencia tributaria en materia aduanera, la aplicabilidad del principio de reserva de ley y la incidencia de la doctrina plenaria del Tribunal sobre derechos de exportación fijados por decreto.
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